Un instrumento negociable debe hacer valer una promesa u orden de pago inequívoca. Un mero “te debo” o autorización para que alguien pague dinero no es un instrumento negociable. Asimismo, el librador (persona que da la orden o promesa) y el librado (persona obligada a pagar) deben estar claramente identificados en el título.
¿Qué requisitos hacen que un instrumento sea negociable?
Al tratar con instrumentos negociables, a continuación se presentan ocho requisitos a tener en cuenta:
- Debe ser por escrito. …
- Debe estar firmado por el fabricante o dibujante. …
- Debe ser una orden definitiva o una promesa de pago. …
- Debe ser incondicional. …
- Debe ser una orden o promesa de pago de una suma determinada. …
- Debe ser pagadero en dinero.
¿Qué artículo de la UCC establece los requisitos para los instrumentos negociables?
Código de Comercio Uniforme El artículo 3 rige los instrumentos negociables: giros (incluidos los cheques) y pagarés que representan una promesa de pago de una suma de dinero, y que tienen un valor independiente porque son negociables.
¿Cuál de los siguientes es un requisito para un cuestionario sobre instrumentos negociables?
El instrumento negociable debe contener una promesa incondicional de pago o una orden incondicional de pago. Orden incondicional del librador a un librado de pagar a un beneficiario. Giros y Cheques. Debe ser incondicional para ser negociable.
¿Cuáles de los siguientes son ejemplos de instrumentos negociables?
Ejemplos de instrumentos negociables incluyen cheques bancarios, pagarés, certificados de depósito y letras de cambio.