¿Interés u/s 234b en caso de reevaluación?

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¿Interés u/s 234b en caso de reevaluación?
¿Interés u/s 234b en caso de reevaluación?
Anonim

Se cobran intereses según la sección 234B sobre el principio de que el monto del impuesto determinado sobre el ingreso total determinado según la sección 143(1) o sobre la evaluación o reevaluación o el ingreso total declarado en una solicitud de liquidación fue la verdadera responsabilidad del contribuyente desde el principio y fue con referencia a …

¿Cuándo se aplican 234B y 234C?

Los intereses conforme a la sección 234B son aplicables cuando: Su obligación tributaria después de reducir TDS para el ejercicio fiscal es superior a 10 000 rupias y no pagó ningún impuesto por adelantado.

¿Qué trata la SEC con la reevaluación?

Si el ingreso imponible ha escapado de la evaluación, el funcionario evaluador deberá dictar una orden de que es un caso apto para la reevaluación y emitir un aviso en virtud de la sección 148 de la Ley. Ahora, si el beneficiario está de acuerdo con el argumento del oficial de tasación, puede mostrar ese ingreso no tasado en la declaración y pagar el impuesto debidamente.

¿Cuál es el interés u/s 234a 234B 234C?

Los intereses conforme a la sección 234C por mora en el pago de la(s) cuota(s) del impuesto anticipado se cargan al 1 % por mes o parte de un mes. … En otras palabras, el contribuyente está obligado a pagar un interés simple del 1 % por mes o parte de un mes por el pago parcial o la f alta de pago de cuotas individuales del impuesto anticipado.

¿Qué es el impuesto tasado para 234B?

Bajo la Sección 234B, el contribuyente debe pagar al menos el 90% del impuestoque debe pagarse al final del ejercicio. En caso de que se retrase el pago del impuesto por adelantado, se le cobrará como sanción una tasa del 1 % del importe pendiente.

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